Hace unos días vimos como tributan las operaciones que se dan con terceros que se encuentran en países de la Unión Europea. En las operaciones que tengáis con clientes o proveedores de fuera de la Unión Europea, no tendrán ya la misma consideración los gastos y los servicios, tributan de forma diferente. A continuación veremos las principales características de cada una de las posibilidades que se pueden dar.
Importación de mercancías
A su llegada a la aduana pagaremos el IVA correspondiente más las tarifas arancelarias en el caso de haberlas.
Exportación de mercancías
Están exentas de IVA todas las exportaciones que hagamos de mercancías bien sean a empresas o a particulares.
Importación de servicios
Tendrán el mismo tratamiento que las intracomunitarias, nos emitirán una factura sin IVA, y nosotros mismos nos lo autorepercutiremos y pagaremos el IVA correspondiente a Hacienda.
Exportación de servicios
Se considerarán prestados en el país del cliente, por lo tanto no emitiremos IVA alguno en la factura, a no ser alguna excepción por determinados servicios a particulares.
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