Noticias Autónomos

El IVA en Operaciones internacionales

blog image globe_86244_640.jpg

Hace unos días vimos como tributan las operaciones que se dan con terceros que se encuentran en países de la Unión Europea. En las operaciones que tengáis con clientes o proveedores de fuera de la Unión Europea, no tendrán ya la misma consideración los gastos y los servicios, tributan de forma diferente. A continuación veremos las principales características de cada una de las posibilidades que se pueden dar.

Importación de mercancías

A su llegada a la aduana pagaremos el IVA correspondiente más las tarifas arancelarias en el caso de haberlas.

Exportación de mercancías

Están exentas de IVA todas las exportaciones que hagamos de mercancías bien sean a empresas o a particulares.

 

Importación de servicios

Tendrán el mismo tratamiento que las intracomunitarias, nos emitirán una factura sin IVA, y nosotros mismos nos lo autorepercutiremos y pagaremos el IVA correspondiente a Hacienda.

Exportación de servicios

Se considerarán prestados en el país del cliente, por lo tanto no emitiremos IVA alguno en la factura, a no ser alguna excepción por determinados servicios a particulares.

 

Deja tu comentario

Arrastrar para verificar