A día de hoy existe un gran número de trabajadores por cuenta propia que se dedican a la intermediación comercial. En esta publicación vamos a explicar en que consiste su labor y que obligaciones tributarias tienen.
Las empresas suelen contar con comerciales para darse a conocer y captar nuevos clientes. Los empresarios tienen la opción de contratarlos como asalariados o establecer una colaboración mediante un contrato mercantil. Esta segunda opción suele ser la más habitual, y obliga al comercial a darse de alta como autónomo.
Su trabajo consiste en vender productos o servicios de un tercero a cambio de una comisión por las ventas realizadas. Generalmente suelen trabajar con más de una empresa, bien por la retribución de las comisiones o por querer ofrecer a su red de clientes una cartera de productos y servicios lo más completa posible.
Como hemos comentado en otras publicaciones el trabajador autónomo, el agente comercial en este caso, deberá realizar su trabajo de forma independiente respecto a la empresa con la que tiene el contrato mercantil. No debe contar con un horario de entrada ni de salida, tiene que tener sus propios medios para realizar las ventas (teléfono móvil, equipos informáticos..)… en definitiva, lo que conocemos como falso autónomo.
Respecto a la tributación como autónomos que son, los agentes comerciales se encuadran en el grupo 2, son una actividad profesional. Este hecho les obliga a emitir facturas con retención a sus clientes.
Estas retenciones a las que ha sido sometido se reflejaran de forma trimestral por sus clientes mediante el modelo 110 y de forma anual en Enero con el modelo 190.
Así mismo las retenciones que le han sido aplicadas durante el año se plasmaran en la declaración de la renta anual, lo que da lugar a que se pagará menos en la declaración o se le devolverá mas.
Tiene la obligación de presentar declaraciones de IVA trimestralmente (Modelo 300) y de forma anual (Modelo 390). Respecto a este tema se debe tener especial atención a cuando es la empresa la que emite la factura y no el propio agente comercial. Muchas veces figura un importe final sin desglosar el IVA, y la gente se olvida de declararlo, algo que puedo suponer un importante problema.
Deja tu comentario